Colegio Oficial de Geólogos
Es una institución sin finalidad lucrativa creada para la defensa y apoyo de los intereses de los Geólogos, es una corporación de Derecho Público, amparada por Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y capacidad plena para el ejercicio de sus funciones y cumplimiento de sus fines.
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Antes de proceder a colegiarse, es importante conocer el código deontológico que se asume, siendo un deber velar por su cumplimiento en toda actuación profesional. Sus principios éticos nos conciernen a todo el colectivo y su aplicación nos hace sentirnos orgullosos de nuestra misión ante la Sociedad.
 
Documentación necesaria
 
  • - Ficha colegial totalmente cumplimentada. FORMULARIO FICHA COLEGIAL (ONLINE)
  • - Original o copia compulsada de cualquiera de los documentos siguientes: (Título de licenciatura - Certificado de estudios - Papel de pago de tasas del Título). 
  • - Una fotografía tamaño carné o imagen en formato jpg o pdf.
  • - Copia del DNI o imagen en formato jpg o pdf.
  • - Copia o imagen del pago de la cuota de inscripción. 
  • - Copia o imagen del pago de cualquier deuda pendiente contraída con el Colegio. 
Cuotas 2022
 
  • -  Cuota de Inscripción: 62 € (IBAN Colegio de Geólogos ES44 3025 0024 8814 0000 7569) - Los poseedores del carné joven del ICOG tienen un descuento del 50%.
  • - Cuota semestral: 88 € (Deducción de 50% para jubilados y geólogos en situación de desempleo).

NOTA: Con la cuota de colegiación pagas el semestre en curso. Para beneficiarse de la deducción de cuota, será necesaria la presentación de la tarjeta del INEM o certificado alternativo, a presentar en los meses de diciembre y julio.

Reducción de la cuota semestral en casos especiales
 
  • - Los parados de larga duración, es decir los que no reciban ningún tipo de prestación y lleven más de 2 años en paro, se les cobrará una cuota semestral del 10% de la cuota normal.
  • - Los colegiados en situación de invalidez permanente total e incapacidad permanente absoluta se les cobrará solo el 50% de la cuota (presentando certificado acreditativo de la Seguridad Social).
En el caso de colegiados que se acojan a la reducción como parados de larga duración, es necesario que presenten:
 
  • - Tarjeta de demanda de empleo
  • - Certificado de vida laboral del mes en el que se solicita el descuento
  • - Informamos que el período máximo para acogerse a esta ayuda es de dos años. 


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