Colegio Oficial de Geólogos
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CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA RENOVAR LA MITAD DE LOS CARGOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE GEÓLOGOS (ICOG)

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA RENOVAR LA MITAD DE LOS CARGOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE GEÓLOGOS (ICOG)

La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos, en su reunión del día 19 de enero de 2026, acordó, en cumplimiento del artículo 54 de los Estatutos del ICOG (Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre), convocar elecciones para la renovación de la mitad de los miembros de la Junta de Gobierno.
 
Las elecciones vienen reguladas por los artículos 51 a 59 de los Estatutos del ICOG. (R.D. 1378/2001, de 7 de diciembre); y por los artículos 72 al 79 del Reglamento de Régimen Interior (RRI), cuya última modificación fue aprobada en la Asamblea General de Colegiados del 6 de abril de 2024.
 
Fecha de celebración de elecciones: viernes, 10 de abril de 2026
Horario de celebración: de 15:00 a 18:00 horas
Lugar de celebración: C/ Raquel Meller, 7 Local (28027- Madrid), Sede del ICOG
Cargos que se eligen: Vicepresidencia 1ª, Secretaría, Vicesecretaría, y 5 Vocalías.
Sistema electoral: Listas abiertas.
 
Dentro de los veinte días hábiles siguientes a esta convocatoria de elecciones se podrán presentar las propuestas de candidaturas en la Secretaría del Colegio (C/ Raquel Meller, nº 7 - Local, Madrid), a través del Registro electrónico en icog@icog.es. Se adjunta modelo para su cumplimentación, en el cual deberá figurar el nombre, apellidos, número de colegiación y cargo al que se opta (Vicepresidencia 1ª, Secretaría, Vicesecretaría, 5 Vocalías), debiendo además ser suscrita, como mínimo, por diez personas colegiadas con derecho a voto (art. 53.3 de los Estatutos y art. 73.3 del RRI).

Para ser elector y/o elegible será necesario contar con un año de antigüedad de colegiación, cumplido el 31 de diciembre del año anterior a la fecha de la elección. Por lo tanto, la colegiación deberá ser anterior al 31 de diciembre de 2024. Además, será necesario no haber sido sancionado judicial o disciplinariamente, salvo que se hubiese obtenido la rehabilitación y se esté en pleno goce de los derechos civiles y colegiales (artículo 53.1 de los Estatutos).

Según el art. 20.2 del RRI, entre otras causas, las personas colegiadas perderán esta condición por no satisfacer las cuotas ordinarias y/o extraordinarias correspondientes a un año natural (2 cuotas semestrales).

De acuerdo con el art. 73.4 del RRI, ninguna persona colegiada podrá presentar su candidatura a más de un cargo. Todo representante actual de la Junta de Gobierno que presente candidatura a un cargo diferente al que ocupa, deberá haber dimitido del cargo que ostenta en el momento de la presentación de su candidatura, permaneciendo en el mismo en funciones hasta la proclamación definitiva de la candidatura electa. 
 
A medida que se vayan cumpliendo los plazos que marcan los Estatutos y el RRI, se irá informando a las personas colegiadas por vía telemática sobre las candidaturas que se hayan presentado, y acerca del desarrollo de todo proceso electoral. En su caso, una vez proclamadas las candidaturas admitidas, se enviarán las papeletas y plantilla de sobre para imprimir, al objeto de poder ejercer el voto por correo en papel ordinario (art. 75.3 RRI). Además, en su caso, y atendiendo al art. 75 del RRI, se enviará el enlace de internet para solicitud del voto electrónico.

De acuerdo con el art. 74.5 del RRI, “El proceso electoral se iniciará con la constitución del Comité Electoral, acto que tendrá lugar el décimo día natural siguiente a contar de la fecha de acuerdo de convocatoria”. El art. 74.6 del RRI establece que “El Comité Electoral está constituido por: la Presidencia y la Secretaría del Colegio, actuando como presidente/a y secretario/a del Comité, respectivamente; dos miembros de la Junta de Gobierno designados por ésta; y la persona colegiada más antigua y la más moderna. Si alguno de ellos se presentara a la elección o reelección, o se viera imposibilitado para el desempeño de sus funciones, se sustituirá por el que reglamentariamente le corresponda en la Junta de Gobierno, o por el que le siga o preceda en orden de antigüedad”.

En consecuencia, inicialmente la Junta de Gobierno nombra al siguiente Comité Electoral:

- Presidencia: M. Nieves Sánchez Guitián (nº 1621)
Suplente: Ildefonso Jambrina Bermejo (nº 2260)
- Secretaría: L. Roberto Rodríguez Fernández (nº 299)
Suplente: Guayente Corral Broto (6407)
Dos miembros de la Junta de Gobierno:
- Itziar Delgado González (nº 7016)
Suplente: Carmen Álvarez Maeso (nº 7337)
- Agustín Pieren Pidal (nº 883)
Suplente: Ester Boixereu i Vila (nº 2578)
- Colegiado más antiguo del censo: Santiago Leguey Jiménez (nº 4)
Suplente: Emilio Luis La Moneda González (nº 7)
- Colegiado más moderno del censo: Esmeralda Parro Rodríguez (nº 8338)
Suplente: Manuel Lombardero Reymundo (nº 8337) 
 
De acuerdo con el art 74.11 del RRI, en el caso de presentarse finalmente un número de candidaturas para un determinado cargo que no supere el número de vacantes, la Junta de Gobierno, a propuesta del Comité Electoral, quedará facultada para suspender el proceso electoral, ya sea parcial o completo de los cargos, y proclamar a dichas candidaturas como elegidas.
Toda la correspondencia deberá dirigirse al siguiente destinatario:

ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE GEÓLOGOS
SECRETARÍA DEL COMITÉ ELECTORAL
C/ RAQUEL MELLER, 7 (LOCAL)
28027-MADRID
icog@icog.es

Se adjunta calendario con las distintas fases del proceso electoral, si bien las fechas podrían ser modificadas atendiendo a los derechos y obligaciones establecidos en los Estatutos y en el RRI. 


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